Eficiencia energética en edificios: normativa

La preocupación por crear edificios sostenibles y mejorar los ya existentes es una realidad transversal a todas las capas de nuestra sociedad: el sector político, pero también los ciudadanos y las empresas a título particular se esfuerzan por lograr los objetivos marcados por la agencia europea en este sentido. La eficiencia energética en edificios responde a una normativa que ha cambiado recientemente. En esa línea trabajamos las compañías que sabemos que el cambio viene respaldado por las grandes opciones que ofrece la tecnología. Un ejemplo de ello es lo que hacemos en Advantecnica, por lo que ofrecemos nuestro contacto a centros de mayores, hospitales y residencias que precisan adaptarse a la normativa de certificación energética de nuestro campo.

Eficiencia energética en edificios

Principales novedades de la normativa de certificación energética

Hay que mirar hacia el pasado 2021 para dar con la última normativa española que rige todo lo relativo a certificación energética. En concreto, nos referimos al Real Decreto 390/2021 de 1 de junio.

En este texto publicado en el Boletín Oficial del Estado se ofrecían datos muy concretos sobre el procedimiento básico para que los edificios pudieran conseguir la certificación de eficiencia energética. Y dejaba sin efecto la normativa anterior, regulada por el RD 235/2013, del 5 de abril de ese año.

Las modificaciones realizadas hace dos años han sido relativas a:

  • Un nuevo procedimiento para evaluar si se cumplen o no las condiciones mínimas de la certificación energética de edificios.
  • Diferentes valores a la hora de realizar la medición, adaptados a los tiempos y necesidades actuales.
  • Las empresas inmobiliarias deberán mostrar el certificado de eficiencia energética de los inmuebles a la venta o en alquiler para la consulta de los clientes interesados.

Pero, además, entre las principales novedades de este texto se encuentra un mayor número de edificios a los que les es obligatorio contar con el certificado de eficiencia, métodos para renovar y actualizar los certificados anteriormente obtenidos y otro tipo de operaciones que se han de tener muy en cuenta tanto a título privado como en espacios de uso público como colegios, hospitales o residencias.

Edificios a los que les es obligatorio el certificado de eficiencia energética

Los edificios de nueva construcción ya estaban regulados por los Reales Decretos anteriores. Obviamente, una obra que se inicia en estos momentos ya debe tener prevista la reducción de gasto en luz, el alto aislamiento y otras características que reduzcan la huella ecológica y el gasto de los vecinos.

En esa obligación también se incluían los edificios o viviendas ya construidas, cuando estas iban a ser puestas a la venta o en alquiler. En este sentido, el objetivo es que el comprador o inquilino fuese consciente del nivel de gasto energético de su nueva vivienda para decidir si le salía rentable o no adquirirla o firmar el contrato de arrendamiento.

A partir de 2021, la norma incluye los siguientes escenarios:

  • Edificios o partes de ellos utilizados por la Administración Pública mayores de 250 metros cuadrados.
  • Edificios que realicen modificaciones o ampliaciones como: renovación de instalaciones térmicas, intervenciones en más del 25 % de la superficie de envolvente térmica total o incremento de la superficie final en más de un 20 %.

Por otro lado, los edificios con más de 500 metros cuadrados con usos administrativos, sanitarios comerciales, docentes, culturales o residenciales, entre otros, también deben obtener este certificado de eficiencia energética.

En último lugar, cualquier construcción que deba pasar por una Inspección Técnica de Edificios deberá aportar a la administración el certificado para el estudio del gasto energético de la propiedad.

Validez, renovación y actualización del certificado de eficiencia energética

Una de las preguntas que más se hacen tanto a nivel particular como de empresa es cuál es la validez del certificado, cuándo hay que renovarlo y si ahora es preciso actualizarlo conforme al nuevo Real Decreto.

Tal y como están las cosas en este momento, un certificado energético favorable —superior a la categoría G— tiene una validez de diez años.

En el caso de los edificios o inmuebles con peor calificación, habrá que volver a pasar un examen presencial de la vivienda o el edificio en un periodo nunca superior a 5 años.

Aun así, cada comunidad autónoma del país puede marcar unos pasos o fórmulas diferentes para la renovación y actualización del certificado, dentro de unos márgenes generales establecidos a nivel nacional.

También puede darse el escenario de que un inmueble o un edificio de educación, residencia u hospital ha experimentado un proceso de mejora. En estos casos, los responsables pueden solicitar una actualización voluntaria, ya que está será mucho más favorable y mejorará el valor del inmueble, así como la imagen que las empresas proyectan a sus clientes.

Obligación relativa al certificado de eficiencia energética

El artículo 17 del RD 390/2021 de 1 de junio establece que todos los edificios señalados anteriormente deben contar con el certificado de eficiencia energética de manera obligatoria.

Obviamente, aquellos proyectos de obra nueva tendrán que cursar su obtención al finalizar la obra, para que se pueda realizar el examen pertinente.

En los contratos de compraventa o arrendamiento ya no vale el “certificado energético en trámite”. La nueva norma no admite esta posibilidad como una opción y un notario siempre deberá certificar que el certificado energético es válido y se ha elaborado por profesionales técnicos especializados.

Esto ha de ser tenido muy en cuenta no solo por el propietario y el vendedor final, sino también por los intermediarios: agencias inmobiliarias, catálogos web y prensa están obligados a requerir el certificado y ofrecer información sobre el mismo al hacer publicidad sobre los inmuebles. No hacerlo puede suponer la imposición de multas para todas las partes que incumplan el Real Decreto.

 

En ese sentido, los sistemas de Advantecnia no solo son claves en las funciones de una enfermera en un hospital, sino que contribuyen a la eficiencia energética en edificios según la normativa actual: nuestros sistemas de iluminación, sensores de temperatura o salidas para control de luces o dispositivos permiten hacer un control centralizado de todos estos valores para reducir el gasto sin influir negativamente en la comodidad de los pacientes.

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